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Personal Laboral

El objetivo de este blog es recabar toda aquella informacion que afecta al Personal Laboral de la Administracion General del Estado, con independencia del Ministerio al que pertenezca, en materia relacionada con el II Convenio Unico.En el podreis encontrar notas informativa relacionadas con promocion interna, consolidacion, concursos de traslados, modificaciones del II Convenio Unico, etc... Deseamos que sea de vuestro interes.

miércoles, 10 de septiembre de 2008

ESCRITO SOBRE EL COLECTIVO DE TRABAJADORES SOCIALES DE IIPP

Subdirección General
de Medio Abierto y Medidas Alternativas
c/ Juan de Vera nº 8-10
28045 Madrid

Mª Ángeles Ávila Lucas responsable de la Secretaria Nacional de Personal laboral por la organización sindical CSI-CSIF, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Maudes nº 15- 1ª planta, 28003 de Madrid;

Expone:
Una relación de aportaciones relacionadas con el desempeño de puesto de los Titulados Medios de Actividades Específicas, (trabajadores sociales) con el fin de mejorar las dificultades que se presentan en el trabajo diario. Para ello me referiré a tres aspectos:

a/ VIOLENCIA DE GÉNERO: En relación a la situación que se esta generalizando sobre la comunicación a la victima, desde el Departamento de Trabajo social, ante las salidas de su agresor, se indican las siguientes realidades:

C.P TENERIFE: El Departamento de Trabajo Social de Tenerife presentan escrito ante la Subcomisión de IIPP, aludiendo a la controversia que existe cuando se le requiere al citado Departamento informar a las victimas de violencia de género, sobre la excarcelación, permisos, etc… del agresor, cuando somos una institución que trabajamos directamente con el agresor.
Informar a la victima sobre los movimientos de su agresor; implica localizar a la misma. Lo que supone todo un trabajo de investigación, pues el expediente del caso queda en la autoridad judicial, y asimismo puede entrar en discrepancia con el agresor y dar lugar a una denuncia de éste hacia el profesional.

C.P VALDEMORO: El Departamento de Trabajo social, mediante escrito, es obligado a notificar a la victima, en los supuestos de permisos (ordinarios y salidas en Libertad Definitiva y Condicional ) del agresor. La orden recoge que las excarcelaciones que vengan de lunes a viernes serán notificadas a la victima desde el Departamento de Trabajo Social y cuando se produzcan en fines de semana y festivos, por la oficina de Gestión.

Desde CSI-CSIF manifestamos que este proceder no es adecuado, que debe elaborarse un Protocolo de actuación de aplicación homogénea en todos los centros. El colectivo de trabajo social trabaja con el agresor y no con la victima, cuyos datos personales, domicilio, etc. figuran en el expediente del Tribunal que lo condenó, por tanto desde la Oficina de Gestión, deberían enviar información sobre las salidas del agresor, para que el juzgado se ponga en contacto con la victima.
Por otro lado, existe en las Delegaciones de Gobierno, una Unidad de Coordinación sobre violencia de genero, la cual tienen los datos de las victimas, por tanto se podría establecer un protocolo mediante el cual, desde la Oficina de Gestión de los Centros Penitenciarios, se les notificará la salida de permisos del agresor, para que dicha Unidad de Coordinación se lo comunicara a la victima, ya que, incidiendo nuevamente, el colectivo de trabajo social en los centros penitenciarios, trabaja con el agresor y no con la victima.

b/ ACLARACION SOBRE FUNCIONES: Se detallan las siguientes situaciones:

C.P. ALBACETE: Las Trabajadoras Sociales de este centro solicitan aclaración a los siguientes puntos en base al Real Decreto 515/05 del BOE de 7 de Mayo de 2007 e Instrucción 13/05 TGP:
A: Llevar por parte de las Trabajadoras Sociales de este centro, agenda con fecha de cumplimiento de internos penados que tengan además medidas alternativas, lo que supone el control por parte de ellas, de las liquidaciones de condena y sean las que controlen las notificaciones y el plan de ejecución.
B: Cumplimentación de los documentos 1 y 2 en la pena de Localización Permanente, y documento 3 para la pena de Trabajo en Beneficio de la Comunidad.

C.P. VILLABONA: Los Trabajadores Sociales solicitan información a cerca de la distribución de funciones entre CIS, Servicios Sociales Externos,...

C.P BADAJOZ: El departamento de Trabajo social solicita aclaración sobre la realización de determinadas tareas, que consisten en contactar telefónicamente con internos ausentes del centro por diversos motivos para notificarles:
Que tienen que acudir al centro para firmar el auto de concesión de libertad condicional.
Comunicarles la fecha, hora y juzgado al que tiene que acudir en día del juicio.
Avisarles de la fecha y hora en el que tiene que acudir al medico.
Como puede observarse son gestiones que afectan a otros departamentos (oficina gestión, enfermería…) y sin embargo son impuestas al Departamento de Trabajo Social.

c/ INCREMENTO DE RECURSOS HUMANOS: Por ultimo, cabe señalar otros aspectos que mejorarían el funcionamiento de los Departamentos de Trabajo Social y Servicios Sociales:
Dotación de personal para la puesta en marcha de nuevos programas, aliviando sobre carga laboral a la plantilla habitual. (en ocasiones se crean programas cuya puesta en marcha recae en el personal que ya forma parte de la plantilla fija.).
Creación de RPT propia para los CIS para que el trabajador en el concurso de traslados sepa exactamente a donde pertenece ese puesto.
Creación en RPT de Personal de apoyo (funcionarios, administrativo…) en los Servicios Sociales y Departamento interno.

Por ultimo, reitero que el escrito, tiene como único fin, la mejora del desempeño del trabajo social, por tanto, el avance en la resolución de situaciones importantes que emergen con demasiada frecuencia.

Sin otro particular, se despide atentamente

Mª Ángeles Ávila Lucas.
10 de septiembre de 2008

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